jueves, 22 de septiembre de 2011

La igualdad ante la ley en México

El articulo 4 establece que el varón y la mujer son iguales ante la ley.
El articulo 12 establece que no se otorgaran titulos de nobleza, ni prerrogativas y honores hereditarios
ni se dara efecto alguno a los otorgados en otro país.
El principio de igualdadante la ley es el que establece que todo los hombres y mujeres son iguales ante la ley, sin que existan privilegios ni prerrogativas de sangre o titulos nobiliarios. Es un principio escencial de la democracia. El principio de igualdad ante la ley es incompatible con sistemas legales de dominación como la esclavitud, la servidumbre o el colonialismo.
La lucha por los derechos sociales fue bandera del "Movimiento por los derechos civiles en Estados Unidos Mexicanos" durante el año 1960.
Actualmente, la igualdad social en algunos aspectos a ganado terreno en occidente -especialmente en primer mundo- debido a las multiples luchas por la libertad en amplias areas, aunque de forma aun bastante limitada a pesar de las apariencias; pero en la mayor parte de los paises del mundo continuan muchos tipos de desigualdades sociales de gran magnitud.
Politicamente se opone al concepto de justicia social como igualdad de resultados.
Tipicamente la igualdad de oportunidades es preferida por la derecha politica frente a la igualdad economica efectiva, o igualdad de resultados.
Lo que yo pienso acerca de esto es que las leyes deberian ser equitativas para la igualdad entre hombres y mujeres y que en realidad se cumplan; desde la promulgacion de estas leyes a cambiado mucho la situacion sobre todo de las mujeres en el aspecto laboral como puede ser el caso de una mujer que esta embarazada y por lo mismo no le den empleo, y el social que puede ser que ni una mujer a sido presidente de México, contrabajo y han habido gobernadoras, este es un hecho bastante alarmante ya que deberia ser igual las posibilidades de ganar entre el hombre y la mujer, mas sin embargo todavia existe discriminacion ante el sexo femenino.
El derecho mexicano se caracterizó por mantener una situación de desigualdad en torno a la mujer en relación con el hombre, desde los inicios del derecho en el mundo precolonial. El derecho colonial privado, que establecía la inferioridad legal de la mujer, siguió vigente en México hasta la expedición de la Ley de Relaciones Familiares de 1917. El Código Civil de 1928, en su artículo 2o., declaró: "la capacidad jurídica es igual para el hombre y la mujer; en consecuencia, la mujer no queda sometida, por razón de su sexo, a restricción alguna en la adquisición y ejercicio de sus derechos civiles". De tal suerte que la mujer adquirió legalmente la igualdad de derechos y obligaciones frente al hombre. Las recientes leyes expedidas en enero de 2001, junio de 2003 y agosto de 2006 refuerzan el marco jurídico tendente a garantizar la igualdad de trato hombre-mujer, que sólo es posible a través del irrestricto cumplimiento de sus preceptos.

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